La Junta de Andalucía ha propuesto la creación de un registro para los alquileres de corta duración, un plan que, según la Comisión Europea, podría contradecir varias normativas de la Unión. Este análisis se produce en el contexto de la ley de turismo sostenible que está siendo discutida en el Parlamento andaluz. La Comisión advierte que ya existe un registro estatal que abarca estos alojamientos y que cualquier obligación adicional de inscripción podría ser incompatible con las regulaciones europeas sobre este tipo de alquileres.
Desde la Consejería de Turismo, se argumenta que su registro es el más antiguo, refiriéndose al Registro de Turismo de Andalucía, que lleva más de diez años en funcionamiento. No obstante, el informe de la Comisión se centra en el nuevo registro de alquileres de corta duración, que está previsto para ser implementado a mediados de 2026. Además, la Comisión señala que cualquier duplicidad en los registros podría crear conflictos, tal y como se establece en una resolución del TRIS, diseñado para prevenir obstáculos en el comercio dentro del mercado interior europeo.
En cuanto a la normativa de servicios digitales, los técnicos de la Comisión han destacado que este reglamento impone obligaciones específicas a grandes plataformas digitales como Booking, que se encuentra en el sector turístico. Sin embargo, este reglamento subraya que los Estados miembros no deben adoptar requisitos nacionales adicionales que puedan interferir con las normativas europeas.
Un punto crucial es que las normas de la UE sobre servicios digitales y alquileres turísticos son reglamentos, no directivas. Esto significa que son aplicables de forma uniforme en todos los Estados miembros y no requieren de un proceso de transposición. La Comisión ha manifestado que hay un riesgo de que las disposiciones del proyecto de ley andaluz se interpreten de manera que generen obligaciones adicionales para los intermediarios de servicios.
El análisis también menciona la necesidad de que las plataformas proporcionen información sobre los propietarios de los alojamientos turísticos y la obligación de retirar aquellos que no cumplan con los requisitos establecidos por el registro andaluz. Según la normativa propuesta, la Junta de Andalucía sería responsable de imponer sanciones, lo que podría generar conflictos con los poderes ya establecidos por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Por otro lado, la Comisión ha recordado que ya existe un real decreto en España que busca adaptarse a las normativas europeas en relación con los alquileres de corta duración. Este decreto, promulgado en diciembre de 2024, establece un registro obligatorio a nivel nacional y tiene como objetivo aumentar el control sobre las propiedades que se alquilan con fines distintos a la vivienda, en un esfuerzo por abordar la crisis de precios en el sector inmobiliario.
El registro único de alquileres de corta estancia, que entró en vigor el 2 de enero de 2025, es un paso significativo hacia una mayor regulación del sector. Este registro obliga a los propietarios a obtener un número de referencia para aquellos espacios que se ofrecen en plataformas digitales, asegurando así que no haya más de un registro por alojamiento turístico. De esta manera, España se posiciona como el primer país europeo en implementar esta normativa comunitaria.
A medida que avanzan las discusiones en el Parlamento andaluz, las autoridades locales se encuentran en una encrucijada, donde el cumplimiento de las normativas europeas debe ser equilibrado con los intereses regionales. La evolución de esta situación tendrá un impacto considerable en el sector turístico de Andalucía, así como en la regulación de alquileres, que es un tema de creciente relevancia en la comunidad. El futuro de este registro y su alineación con las normativas europeas será crucial para determinar su efectividad y legalidad.
