El Juzgado de lo Mercantil de Jaén ha emitido una sentencia a favor de la empresa POP Hellanes S.L. en su disputa con el club Linares Deportivo SAD, lo que ha llevado a la anulación de ciertos acuerdos que restringían la participación de la empresa en el capital social durante el proceso de su transformación a sociedad anónima deportiva. Según ha informado Diario JAÉN, la resolución declara nulos los acuerdos adoptados por la junta directiva el 19 de octubre de 2023, que fueron ratificados en la asamblea general extraordinaria del 21 de octubre, y que limitaban la inversión inicial de POP Hellanes.
Esta empresa había invertido un total de 550.000 euros para adquirir acciones, lo que representaba más del 73% del capital social. Sin embargo, los directivos del club decidieron unilateralmente reducir su participación a solo 137.000 euros, equivalentes al 18,27% del capital. Este movimiento fue considerado por el juzgado como una violación de la ley y de las normas del proceso de transformación en sociedad anónima.
La sentencia subraya que la oferta pública de acciones no imponía límites en la adquisición y que POP Hellanes cumplió con todos los requisitos necesarios, estableciendo un contrato válido con el club. Por lo tanto, no se podía modificar posteriormente las condiciones de inversión para disminuir la participación de la empresa.
Como resultado, el fallo reconoce el derecho de POP Hellanes a recibir la totalidad de las acciones correspondientes a su inversión, es decir, 5.500 acciones, lo que le confiere una posición mayoritaria dentro del club. Además, el tribunal ha declarado nulas todas las acciones que fueron suscritas por otras partes después de la inversión inicial de POP Hellanes, argumentando que ya se había cubierto el capital social con su aportación. Esta decisión obligará al club a reestructurar su capital accionario.
Asimismo, el juzgado ha ordenado al Linares Deportivo que rectifique el libro registro de acciones nominativas y que modifique su inscripción en el Registro Mercantil de Jaén para reflejar esta nueva distribución del capital según lo dictado en la sentencia. A pesar de esta anulación de acuerdos, el fallo aclara que el proceso de transformación del club a sociedad anónima deportiva sigue siendo válido.
Por último, el juez ha decidido que el Linares Deportivo SAD asumirá las costas del procedimiento, dado que todas sus pretensiones fueron desestimadas. Es importante mencionar que esta sentencia no es firme y puede ser objeto de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén en un plazo de 20 días.
Desde el club, se ha señalado que consideran que la sentencia presenta «graves errores en la valoración de la legalidad del proceso de transformación», así como en los acuerdos adoptados en este contexto. Por esta razón, el Linares Deportivo procederá a presentar un recurso de apelación ante la instancia superior.
Pese a la incertidumbre legal, el club ha afirmado que continuará con su actividad deportiva y societaria de manera normal, reafirmando su compromiso con los aficionados, accionistas y colaboradores. La situación actual plantea importantes retos para el club, ya que la resolución judicial impactará directamente en su estructura organizativa y en su futuro en el ámbito deportivo.