Política

La Audiencia de Sevilla condena a tres años a exdirector de Trabajo por malversación en ayudas públicas

La Audiencia de Sevilla condena a tres años de prisión al exdirector de Trabajo, Daniel Alberto Rivera, por malversación de 937.500 euros en ayudas públicas.

La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia condenatoria en el marco del caso ERE, señalando que se vulneraron de manera «patente y clamorosa» las normas del procedimiento administrativo. En este fallo, se ha impuesto una pena de tres años y un día de prisión a Daniel Alberto Rivera Gómez, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía, por su implicación en la concesión irregular de una subvención a la empresa Autologística de Andalucía, que ascendió a 937.500 euros.

El tribunal considera que el acusado cometió un delito de prevaricación, en conjunto con otro de malversación de caudales públicos, al participar en la entrega de esta ayuda al margen del procedimiento legal. Además de la pena privativa de libertad, se le han impuesto seis años y un día de inhabilitación absoluta y la obligación de indemnizar a la Junta con el total de la subvención concedida, como compensación por el perjuicio causado.

La sentencia ha tomado en cuenta las dilaciones indebidas en el proceso, que se ha prolongado durante más de diez años. Las penas no se ejecutarán inmediatamente; quedarán pendientes de que se resuelvan otros recursos relacionados con este caso en el tribunal, con el objetivo de cumplir con el límite máximo de condenas para delitos continuados establecidos por la ley.

La ayuda a Autologística fue solicitada el 16 de marzo de 2010, en el contexto de una grave crisis económica que afectaba a la empresa. En su solicitud, la compañía alegaba la necesidad de mantener el empleo ante la falta de liquidez para pagar nóminas y proveedores. Sin embargo, el tribunal ha determinado que el procedimiento seguido para la concesión de la ayuda se apartó deliberadamente de lo legalmente establecido, lo que facilitó su aprobación sin las garantías necesarias.

El fallo destaca que este tipo de acciones contribuyen a una «absoluta preterición del interés público», ignorando principios fundamentales como la objetividad y la probidad en la gestión de los recursos públicos. Esto genera un impacto social negativo cuando estas prácticas se normalizan en la administración, convirtiéndose en conductas aceptadas y no en excepciones.

La empresa Autologística de Andalucía, cuya sede se encuentra en La Roda, fue creada en 2003 y se dedica al transporte de vehículos y a actividades logísticas. Según la sentencia, uno de sus consejeros, fallecido durante la instrucción, facilitó la concesión de varias ayudas públicas utilizando la facilidad en la tramitación de estas subvenciones. En total, la empresa recibió compromisos de financiación pública por valor de 2,4 millones de euros en dos ayudas diferentes, aunque la pieza juzgada se refiere específicamente a la más reciente.

La Sala ha subrayado que la actuación de Rivera se tradujo en una resolución injusta, plenamente consciente de su ilegalidad, encajando con el delito de prevaricación administrativa y demostrando el uso indebido de fondos públicos. En cuanto a la responsabilidad civil, se ha fijado que el condenado deberá reintegrar a la Junta el total de la subvención concedida, incluyendo intereses legales en caso de mora, conforme a la legislación civil vigente.

Asimismo, la Audiencia ha dictado que el condenado se hará cargo de las costas procesales, exceptuando las correspondientes a la acusación popular y la particular que se retiró. Cabe mencionar que esta decisión no es firme y puede ser objeto de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Esta condena se suma a una larga serie de resoluciones judiciales relacionadas con el caso ERE, que comenzó a investigarse en 2011 y que actualmente espera la intervención del tribunal europeo ante la controversia generada por la decisión del Constitucional sobre la condena de ex presidentes y altos cargos de la Junta.

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